Descripcion
Cordoba Vende no vende este artículo y no participa en ninguna negociación,
venta o perfeccionamiento de operaciones. Sólo se limita a la publicación de anuncios de sus usuarios.
Departamento 3 AMBIENTES en Alquiler en Villa Urquiza / Parque Chas
Excelente ubicación Sobre Av. Triunvirato
Muy proximo a Subte Linea B (Estaciones Echevarría y De Los Incas - Parque Chas)
Pequeño edificio (Pta. baja con galeria comercial + 3 pisos) sobre doble lote (16 x 38) sobre la Av. Triunvirato con doble acceso (desde la calle por escalera y desde la galeria por ascensor)
SUPER LUMINOSO EN TODOS SUS AMBIENTES
Living-comedor
Cocina separada completa con lavadero incorporado (conexion y descarga para lavaropas)
2 dormitorios (ambos con placards empotrados)
Baño completo con vanitori, espejo, accesorios y bañera con piso y revestimiento ceramico
Todo el departamento cuenta con pisos de madera tipo parque en perfecto estado y la cocina con piso mosaico
DESGLOSE DE LAS ULTIMAS EXPENSAS VENCIMIENTO ABRIL 2023
Expensa Total $ 13335
Expensa Común Ordinaria $ 4590
Facturacion Aysa - Agua $ 1004
Expensa Extraordinaria a cargo del locador $ 7741 (previsión anticipada de gastos)
Transportes Cercanos Colectivos: 71, 80, 87, 90, 93, 108, 112, 113, 127, 133, 140, 176
Subte LINEA B Estaciones ECHEVERRÍA y AV. DE LOS INCAS / PARQUE CHAS
A 6 cuadras Estacion Gral. Urquiza (F. C. Mitre Retiro - J. L Suarez)
Proximo a Av. Alvarez Thomas, Av. De los Incas, Olazabal y Monroe
AMBIENTES - MEDIDAS
Living - Comedor 4,2 x 3,2
Cocina 3,1 x 1,8
Dormitorio hacia Triunvirato con placard 2,6 x 2,5
Dormitorio al c/frente c/placard 3,5 x 3
Baño completo 2 x 1,9
Hall interno de distribucion con placard divisor 2 x 1,8
Comercializa este inmueble: C. P. I. Alejandro BRAÑA de A. BRAÑA PROPIEDADES
Matrícula Nº 199
Colegio de Corredores de la Ciudad de Bs. As. (CUCICBA)
Matrícula Nº 689
Colegio Corredores Pdo. La Matanza Pcia. Bs. As. (CMCPLM)
Matrícula Nª 198
Inspección General de Justicia de la Nación (IGJ)
AVISO LEGAL
Las medidas de las superficies son aproximadas, las reales surgen del título de propiedad
Los datos referidos a impuestos y servicios son aproximados y en base a la información brindada por el propietario
Los precios publicados podrán modificarse sin previo aviso
Todas las operaciones inmobiliarias que nos encomiendan, están bajo la tutela y responsabilidad, y son objeto de exclusiva intermediación y conclusión, por parte del Titular de la firma y Corredor Público Inmobiliario Matriculado CPI Alejandro BRAÑA, cuyos datos se exhiben en la descripción de la propiedad. El trato y el servicio que brindamos a nuestros clientes y al público en general que nos contacta, es profesional y personalizado de principio a fin, y no contamos con brokers y/o agentes inmobiliarios y/o asesores y/o consultores que actúen en nuestro nombre y representación
En cumplimiento de la ley N° 5115 de la Legislatura de la Ciudad de Bs. As. (sancionada el 23-10-2014), se deja constancia que tanto el edificio como el inmueble ofrecido en esta publicación NO SON ACCESIBLES para personas con discapacidad física
INFORMACION IMPORTANTE PARA LOS INQUILINOS - LOCATARIOS SOBRE LOS HONORARIOS INMOBILIARIOS
LEYES NACIONALES Y LOCALES
CODIGO CIVIL Y COMERCIAL DE LA NACION ARGENTINA (CCyC - Promulgado en Octubre 2014 y con vigencia desde 1-8-2015)
ARTICULO 1351.- Intervención de uno o de varios corredores. Si solo interviene un corredor, todas las partes le deben comisión, excepto pacto en contrario o protesta de una de las partes según el artículo 1.346.
No existe solidaridad entre las partes respecto del corredor.
Si interviene un corredor por cada parte, cada uno de ellos solo tiene derecho a cobrar comisión de su respectivo comitente.
LEY NACIONAL DE ALQUILERES Nº 27551 (Sancionada 11-6-2020 Publicada en el B.O. 30-6-2020)
TITULO I Artículo 12
Sustitúyase el artículo 1.351 del Código Civil y Comercial de la Nación por el siguiente:
Artículo 1.351: Intervención de uno o de varios corredores.
Si solo interviene un corredor, todas las partes le deben comisión, excepto pacto en contrario o protesta de una de las partes según el artículo 1.346. No existe solidaridad entre las partes respecto del corredor. Si interviene un corredor por cada parte, cada uno de ellos solo tiene derecho a cobrar comisión de su respectivo comitente.
En las locaciones de inmuebles la intermediación solo podrá estar a cargo de un profesional matriculado para ejercer el corretaje inmobiliario conforme la legislación local.
LEY LOCAL CABA Nº 5859 (Sancionada el 24-8-2017)
Se encuentra prohibido cobrar honorarios inmobiliarios y gastos de gestoría de informes a los inquilinos que sean personas físicas.
Para los casos de alquiler de vivienda, el monto máximo de honorarios que se le puede requerir a los propietarios será el equivalente al cuatro con quince centésimos por ciento (4,15%) del valor total del respectivo contrato (Ley 5859 CABA sancionada el 24-8-2017)
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- Publicado vía KiteProp CRM Inmobiliario